NRE : Permiso de Operador Radiotelefónico Restringido (RP)

El Permiso de Operador Radiotelefónico Restringido (RP) es necesario para operar la mayoría de las estaciones radiotelefónicas aeronáuticas, terrestres y marítimas a bordo de embarcaciones de recreo (distintas de las que transportan más de seis pasajeros por cuenta ajena en los Grandes Lagos o bahías o aguas de marea o en mar abierto, donde se requiere una licencia de operador). Los titulares de RP también pueden operar, reparar y mantener cualquier tipo de estación de radiodifusión de AM, FM, TV o internacional. Sin embargo, la mayoría de los concesionarios de estaciones de radiodifusión exigen a sus técnicos e ingenieros una licencia de operador de radiotelefonía general.

NO se necesita un RP para operar lo siguiente:

  • una estación de barco o de aeronave voluntariamente equipada (incluyendo una estación CAP) que opera sólo en frecuencias VHF y no realiza viajes o vuelos al extranjero.
  • una estación aeronáutica terrestre o costera que opera sólo en frecuencias VHF.
  • estaciones de a bordo.
  • una estación marítima de utilidad a menos que se lleve a bordo de un buque que realice un viaje al extranjero.
  • una estación de embarcación de supervivencia cuando se utilice la telefonía o una estación de radiobaliza indicadora de posición de emergencia (EPIRB).
  • una estación de radar de barco, si la frecuencia de funcionamiento está determinada por un dispositivo de sintonía fija y el radar es capaz de ser operado sólo por controles externos.
  • estaciones de radar en tierra, de radiolocalización en tierra, de apoyo marítimo o de radionavegación en tierra.

Para calificar, debe:

  • ser un residente legal de (o de otra manera elegible para el empleo en) los Estados Unidos o tener un certificado de piloto de avión válido en los Estados Unidos o tener una estación de radio de la FCC en su propio nombre; y
  • ser capaz de hablar y oír; y
  • ser capaz de mantener al menos un registro escrito aproximado; y
  • estar familiarizado con las disposiciones de los tratados, leyes y normas aplicables que rigen la estación de radio que va a operar.

Si usted es un extranjero no residente debe tener uno de los siguientes tres documentos para ser elegible para un RP:

  • un certificado válido de piloto de los Estados Unidos emitido por la Administración Federal de Aviación; o
  • un certificado de piloto de avión extranjero que es válido en los Estados Unidos sobre la base de acuerdos recíprocos con los gobiernos extranjeros; o
  • una licencia de estación de radio válida emitida por la FCC en su propio nombre. (Un RP emitido sobre esta base le autorizará a operar su propia estación solamente).

Los Permisos de Operador Radiotelefónico Restringido se emiten para toda la vida del titular.

Tipo de permiso Elementos de examen Término
Telegrafía 1 3 5 6 7 8 1 2 3 4
Licencia: (RP) Permiso de Operador Radiotelefónico Restringido Sin necesidad de examen de por vida

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.